mega888 U.A.D.H. Rosario - NO A LA IMPUNIDAD DE LOS TRAIDORES-GENOCIDAS
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NO A LA IMPUNIDAD DE LOS TRAIDORES-GENOCIDAS PDF Imprimir E-Mail
viernes, 03 de junio de 2011

Creemos que la carta de María Inés Luchetti de Bettanín, publicada el 21 de mayo pasado en Rosario/12, merece un concienzudo examen y para ello, una concienzuda difusión. Hacerse cargo de ello en la medida de nuestros estrechos recursos es parte de ello.

Hemos decidido difundirla y a continuación acompañarla con un racconto de nuestra posición a través de documentos publicados un par de años atrás, que denunciaban a los propiciadores de la impunidad de los traidores-genocidas.

 

                                               (clic sobre imagen para ampliar)

carta Liga

 

  Fuente: http://www.pagina12.com.ar/imprimir/diario/suplementos/rosario/22-28768-2011-05-21.html

 

Nuestra posición con respecto a la cuestión del juzgamiento de los traidores, la reflejamos cuando publicamos "ANTE EL SUICIDIO DE JOSE BARAVALLE, CON ABSOLUTO DESPRECIO" el 5 de septiembre de 2008 / Ver Artículo Completo /

Unos días después, el 12 de septiembre de 2008, dimos cuenta de lo siguiente: "LA IMPUNIDAD, COMO LA REPRESIÓN GENOCIDA, NO TIENE FRONTERAS". / Ver Artículo Completo /
Decíamos allí: Hace escasos minutos nos informan compañeros de la solidaridad italiana que habría sido puesta en libertad, sin siquiera una medida de cautela como arresto domiciliario o libertad vigilada,”La Corcho” Graciela Porta,...

Abundamos en el tema el 28 del mismo mes en "NOTA REVISTA PANORAMA SOBRE LA DOBLE VIDA DEL MATRIMONIO BARAVALLE EN ITALIA". / Ver Artículo Completo /

Consecuentes con estos pronunciamientos, el 14 de agosto de 2010, volvimos a señalar "ANTE LA FALTA DE ACUSACIÓN A LOS TRAIDORES: NO A LA IMPUNIDAD. NI OLVIDO NI PERDÓN".
/ Ver Artículo Completo /

En este último documento especialmente, sintetizamos largamente (valga esta manera de decirlo) nuestra posición en todo lo que hace a la cuestión. Una cuestión que es de tanta importancia que practicamente en todos los países en que ha habido colaboracionismo y traición, la experiencia dicta que nunca se cerró la contienda entre los partidarios de la impunidad y quienes buscan justicia y castigo.
También es preciso decir que en Rosario se plantea la más aguda de estas polémicas, a un grado tal de profundidad. Es que lo que está en juego, lo está dentro mismo del juicio "Diaz Bessone". No se trata de si llegan a juicio los traidores: están en juicio. Y en circunstancias así, se cancela lo hipotético y nos atropella la realidad. Si el planteo de las indulgencias casi papales tiene andadura, la impunidad de los traidores-genocidas estará asegurada; no sólo en este juicio, sino en todos aquellos en los cuales pueda acreditarse tal postura tomando como antecedente lo que acá está ocurriendo.
Hemos planteado nuestra postura como advertencia, cuando en el primer documento que citamos, decíamos:

Ahora, si se trata, como pareciera, que el pedido de “comprensión” está destinado a juzgadores oficiales, a los Tribunales que deben sentenciar en estas cuestiones; si se trata de un aporte al oscuro movimiento que se está desarrollando en procura de indulgencia para los colaboracionistas, si se trata de eso, decimos claramente que con todas nuestras fuerzas nos vamos a oponer y que desde ya denunciamos que existen reticencias nacidas desde los mismos que debieran impulsar las condenas a estos traidores, las cuales esperamos que no se concreten al momento de hacer efectivas las acciones (por ejemplo claras y fundadas acusaciones judiciales), es decir, al momento de la apertura de los juicios orales. Nos oponemos, y de ahí nuestra consigna, a cualquier forma, por refinada que fuera, de reconciliación con el enemigo genocida o cualquiera de sus elementos.”

Es que ya entonces (septiembre de 2008) conocíamos como venía amasándose esta posición por parte de la PGN y la Secretaría de Derechos Humanos, y además, como dejamos constancias, de algunos organismos de DDHH. El 27 de junio de 2008, Unidad Fiscal de Coordinación de la PGN, con las firmas de Parenti y Auad, había publicado una larga serie de barbaridades contra el más elemental sentido de justicia, bajo el título "TRATAMIENTO PENAL DE CONDUCTAS TIPICAS REALIZADAS POR PERSONAS SECUESTRADAS EN CENTROS CLANDESTINOS DE DETENCIÓN", al cabo del cual anotaban como instrucción:

4. CONCLUSIÓN
En este documento se advierte sobre la necesidad de analizar el contexto de acción en el que tuvieron lugar las conductas típicas imputadas a personas que se encontraban detenidas en los centros clandestinos utilizados por el terrorismo de Estado. En estos casos,
el tratamiento jurídico penal debe comprender la evaluación de la aplicabilidad de las herramientas normativas que el derecho penal prevé específicamente para contextos opresivos para el autor de la conducta, en los que existe un riesgo cierto de pérdida de bienes esenciales como la vida y la integridad fisica; en otros términos, no puede prescindirse de la evaluación de si en el caso concreto debe operar un estado de necesidad justificante (art. 34 inc. 3 CP) o bien un estado de necesidad exculpante (art. 34 inc. 2, segunda parte CP).
La finalidad del documento es ofrecer un marco de análisis general para la solución de estos supuestos. Para ello se han tenido en cuenta casos prototípicos o patrones de conducta que suelen encontrarse en causas judiciales en trámite y en diversos materiales que explican y describen la realidad de los centros clandestinos de detención y exterminio. Estas consideraciones generales pueden resultar útiles al momento de analizar casos particulares, en los que habrá que tener en cuenta las circunstancias específicas que en ellos se presenten.

Es por ello que insistimos con nuestro llamado cuando a la apertura del Juicio Oral en la "Causa Díaz Bessone", precisamos en el documento más arriba citado ( ANTE LA FALTA DE ACUSACIÓN A LOS TRAIDORES: NO A LA IMPUNIDAD. NI OLVIDO NI PERDÓN )  lo siguiente:

A la monstruosidad de la traición se le agrega la monstruosidad de apañar a los traidores a tal punto que ni siquiera se los acusa, con lo que se pretende garantizar su impunidad. Esta intención está concretada en las Instrucciones de la PGN (ver enlace al pie) a los Fiscales para que no los acusen, en el desistimiento de la Secretaría de Derechos de los Humanos de la Nación y en la abstención de hacerlo de un grupo de querellantes.

El caso es que en el Juicio Oral contra el General Diaz Bessone y otros criminales de lesa humanidad, consideran que quién “entró víctima, sale víctima”, y no les importa si participó en marcar a los compañeros, secuestrarlos, torturarlos, violar, matar o hacer desaparecer.”


La carta de María Inés Luchetti de Bettanín es entonces de inevitable consideración y por ello la difundimos.


ANTECEDENTES RELACIONADOS CON LA MISMA.

La posición de la Liga Argentina (en realidad apócope realizado por la autora de Liga Argentina por los Derechos del Hombre) que da origen a la actitud de los abogados de ese organismo, está inscripta en el siguiente documento, cuyos últimos tres mandamientos -que destacamos en negritas- son los sustanciales en cuanto a la definición. Como podrá advertirse, este documento destruyó cualquier expectativa que pudiéramos incidir sobre éste y algún otro organismo con nuestras advertencias, denuncias y llamamientos.

Luchamos por condenar el Terrorismo de Estado y al bloque social que se benefició de él.

Diez consideraciones sobre nuestro aporte a la lucha contra la impunidad


1.      La Liga Argentina por los Derechos del Hombre entiende su participación en los juicios contra los responsables del Genocidio sufrido por el pueblo argentino como una continuidad histórica de su lucha por la libertad de los presos por causas políticas y las víctimas de la represión estatal, lucha que arranca en la Década Infame (los 30 del siglo XX) y que hemos mantenido en todos los periodos transcurridos desde entonces, bajo todas las dictaduras y en todos los periodos constitucionales de gobierno.  Los nombres de Teresa Israel y Baldomero Valera, desaparecidos por la última dictadura, y de Freddy Rojas, asesinado en el periodo institucional abierto en 1983, son prueba incontrastable de nuestra coherencia entre la teoría y la práctica, entre el decir y el hacer; coherencia que procuramos defender en estos días en los juicios testimoniando, querellando, construyendo voluntad colectiva para vencer la impunidad.

2.       Desde nuestra fundación en 1937 hemos procurado comprender los derechos humanos desde una perspectiva de integralidad. Perspectiva que no sólo reclama pensar todos los derechos a los cuales los seres humanos deben acceder, sino entender que la vigencia de ellos sólo se verifica cuando se accede a todos los derechos para todos.  Puesto que los derechos humanos son inescindibles, si alguno de ellos o un grupo de ellos queda fuera del alcance social, no hay vigencia real de los derechos humanos. Por ello, nos esforzamos para no fracturar la lucha contra la impunidad histórica como parte de la lucha contra todas las impunidades y todas las violaciones a los derechos de los pueblos. Así, en el último periodo hemos sido parte, y lo seguiremos siendo hasta que se cumpla el reclamo, de los que piden aparición con vida de Julio López y el esclarecimiento de todas las amenazas contra luchadores sociales y por los derechos humanos, contra las torturas y el gatillo fácil, por el derecho a la vivienda digna y el cese de toda discriminación por etnia, religiosidad, género, orientación sexual, identidad de género o convicción ideológica, entre otros muchos campos de disputa. La historia del capitalismo argentino y latinoamericano confirman la idea de que capitalismo y derechos humanos son incompatibles y le dan horizonte político de nuevo tipo al sueño de todos los derechos para todos (consigna de la Revolución Mexicana de principios del siglo pasado) tal como lo entienden los pueblos que siguen el camino de la lucha por un Socialismo del Siglo XXI que sea coherente con esa historia de lucha, con las culturas originarias y con las conquistas democráticas de nuestros pueblos; todo lo cual nos lleva a resaltar el derecho de  los pueblos a la autodeterminación, acaso hoy el más urgente y peligroso para el Imperio y sus cómplices locales.

3.       Valoramos altamente los juicios en curso porque fueron conquistados por la lucha popular y para llegar a ellos tuvimos que vencer la política y el discurso de la dictadura militar, de los gobiernos de Alfonsín, Menem, De la Rúa, Duhalde y las limitaciones de las políticas impulsadas en el actual período.  Así, enfrentamos y vencimos, como parte del amplio y plural espacio social y político que luchó por ello, el discurso dictatorial de que los desaparecidos estaban fugados en Europa o el Caribe o muertos  y su política de auto amnistía; el discurso de los Dos Demonios y las leyes de impunidad de Alfonsín, el discurso de pretendida reconciliación nacional y los decretos de indulto a los pocos condenados en el juicio a la Junta Militar y los que aun tenían causas abiertas, los decretos de De la Rúa que impedían extraditar a los represores para que fueran juzgados en España dado que en la Argentina reinaba la impunidad y los intentos de Duhalde de impedir los juicios que ya estaban en curso para el 2002.  Fuimos parte de los que conquistaron la anulación de las leyes de impunidad y la decisión de la Corte Suprema correspondiente, que posibilitaron la reanudación y/o apertura de juicios contra los genocidas y hoy actuamos como querellante en más de cuarenta causas en instrucción en casi todo el país y en los juicios orales que se están sustanciando en estos días en Santa Fe, Santa Rosa La Pampa, Resistencia Chaco, La Plata Pcia. de Buenos Aires y los que se llevan adelante en los tribunales de Comodoro Py en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como antes actuamos en los de la causa Campo de Mayo ante los tribunales de San Martín.

4.       En estos años hemos tenido que superar también la complicidad del Poder Judicial que fragmentó las causas hasta límites grotescos (se llega a juicios orales por una compañera o compañero y contra un represor), permitió toda clase de maniobras políticas disfrazadas de acciones jurídicas que frenaron y retrasaron las causas teniendo dicha acción un punto de referencia en la Cámara Nacional de Casación, que en diciembre de 2008 pretendió hacer estallar todo el proceso con su decisión de liberar a represores célebres como Astiz, Acosta y otros.  Con la toga de la “normalidad procesal” han limitado los juicios, y también hemos debido vencerlos en ese terreno.  A pesar de los reclamos del movimiento de derechos humanos, que el propio presidente de la Corte Suprema acaba de recordar y reconocer, tampoco el Poder Legislativo ni el Poder Ejecutivo cumplieron con su deber de ordenar, planificar, financiar adecuadamente y garantizar la difusión pública que los juicios ameritan.

5.       A pesar de todo ello, si nos posicionamos para el análisis desde una perspectiva histórica, de proceso de luchas sociales, y consideramos los magros logros de otras experiencias de lucha contra la impunidad (como las de Chile o El Salvador) podemos considerar que nuestra lucha ha superado el límite que los represores y el Poder real estaban dispuestos a soportar en este terreno y han transformado los juicios en una gran victoria contra el Olvido y la Impunidad.  De allí la furibunda campaña por la impunidad que impulsan Duhalde, Macri, Carrió y otros referentes de una derecha que sabe, que si no detienen los juicios, estos terminarán cuestionando su legitimidad histórica y la de su amo imperial que inspiró y respaldó el Genocidio al tiempo que fingía un discurso de derechos humanos que hoy pretende renovar contra los procesos populares de cambio latinoamericanos.  La prensa que inspira y sostiene a la derecha, trata de ocultarlos, minimizarlos, banalizarlos y de instalar –aprovechando cualquier excusa- la idea de que los juicios son incompletos porque solo juzgan a uno de los contendientes, apelando a la teoría de los Dos Demonios y dando crédito al  discurso de los jefes del Genocidio, que éstos son juicios políticos, de venganza contra quienes “salvaron la patria del comunismo”

6.       En ese marco, el anuncio de la Corte Suprema de seguir adelante con los juicios sin importar los cambios que haya en el gobierno nacional, constituye la expresión de un clima social que se expresó en ocasión del Bicentenario y marca un nuevo tiempo para el movimiento popular en la Argentina, que tiene en la convicción de no conciliar con la impunidad, uno de sus puntos más fuertes.

7.       La etapa actual de la lucha es por ampliar los juicios en el sentido de sentar en el banquillo de los acusados a los representantes de los grupos económicos, de los medios de comunicación, a los diplomáticos, a los intelectuales y comunicadores, etc. que formaban parte del bloque de poder al momento de tomar la decisión de arrasar al movimiento popular por medio del Terrorismo de Estado, para lo cual comprender el contexto histórico y entender lo ocurrido como un Genocidio sería de gran contribución. Se impone, también, acelerarlos por medio del camino de la unificación de las causas, la designación de tribunales de instrucción que trabajen en exclusividad en estas causas, la multiplicación de Tribunales Orales que emprendan la tarea de llevar a juicio las causas que ya han sido completadas, etc.; lo cual sería  un modo simple y concreto de luchar contra la “estrategia Pinochet”, aquella que se plantea demorar sin límite los juicios de modo tal que los represores mueran acusados pero sin condena, impunes judicialmente a pesar de la condena social que ya cargan

8.       En este marco, no compartimos la posición de acusar penalmente a aquellas personas que luego de ser capturadas por las fuerzas represivas se quebraron y fueron obligadas a cumplir diversas labores y/o a realizar determinadas acciones funcionales al plan de exterminio, acciones realizadas bajo el estado de servidumbre y que fuera uno de los posibles resultados del proceso de deshumanización que conlleva el terror impuesto por las acciones características del Terrorismo de Estado.  Una vez más, corresponde señalar que como organismo de derechos humanos, es a éste, al Terrorismo de Estado, a quien juzgamos y no a sus víctimas o a sus acciones cometidas luego de la captura, no importa lo desgraciadas y repugnantes que nos resulten.  Desde el momento en que el Estado los capturó, es el Estado el responsable de su suerte y de sus acciones; de haberse  cometido delitos en el curso de estas acciones impuestas, directa o indirectamente por el Terrorismo de Estado, las mismas no pueden ser achacadas a quienes fueron, al menos inicialmente, víctimas del Terrorismo de Estado, sino a sus  inspiradores, organizadores, ejecutores y beneficiarios quienes deben ser considerados penalmente responsables de tales actos.  Ningún delito debe quedar impune, pero jamás avalaremos la teoría de los Dos Demonios, teoría que se beneficia notablemente de la pretensión de juzgar a aquellas personas que por su condición militante fueron capturadas por el aparato estatal, más allá de que en el transcurso del drama vivido hayan perdido –algunos de ellos- los atributos que distinguieron a la generación del 70 y distinguen desde entonces a la mayoría de los sobrevivientes que han dado una conmovedora batalla por la verdad y son la base fundamental de la acusación contra el genocidio. Abrir la puerta para el juzgamiento de los quebrados, equiparándolos a los jefes y perpetradores del Genocidio, no solo es jurídicamente insostenible (pues el Código Penal no se rige por los códigos del honor militante, sino que presume que en aras de la supervivencia los individuos realizarán cualquier acción, resultando por tal estado de necesidad (de vuelta, jurídicamente hablando) inimputables) sino políticamente muy peligroso pues deja de cuestionar al Estado que organizó el Terrorismo para poner la mira en las limitaciones del movimiento popular, que eso eran los quebrados por la dictadura: muestra de nuestras debilidades como sujeto en busca de la libertad y castigados sin piedad por el bloque de  poder real.

9.       Por principio, desde nuestra fundación en 1937, no somos partidarios de resolver los problemas del campo popular ante los estrados de la Justicia; así hemos actuado siempre y así será.  Los debates sobre las conductas colectivas de las organizaciones, e individuales de los militantes, bajo la dictadura, son debates que venimos haciendo desde el momento mismo de los hechos y que deberán seguir haciéndose en ese plano, no con el ánimo inquisidor de “descubrir el traidor” sino con el espíritu guevarista de aprender de las derrotas para que la próxima vez no nos vuelva a pasar.  Y no es un debate académico: la imposición de un gobierno títere de los EE.UU. por medio de un golpe de Estado en Honduras nos obliga a discutir cómo impedir que los planes imperiales de hacer tabla rasa con todos los cambios, grandes y pequeños, que ha habido en América Latina.  Los que transforman todo debate en un debate oposición/oficialismo pareciera que no han aprendido nada de la historia política argentina y parecieran ignorar la presencia de una derecha fascista que busca incansablemente su oportunidad para revertir los juicios, el modo que se construye la memoria y todos aquellos pasos que molestan al Poder Real como la integración latinoamericana o la Ley de Servicios Audiovisuales.

10.    Queremos ser sinceros y contundentes: no es un Tribunal Oral de este Poder Judicial, que en alguna medida y más allá de los cambios positivos que no hemos dejado de señalar, puede pensarse como heredero y continuador del que avaló y acompañó la dictadura y la impunidad, el ámbito adecuado para discernir problemas tan complejos y delicados como la conducta de los militantes ante los torturadores o la de sus organizaciones en el momento histórico.  Y, si bien no igualamos conductas, ya que no todos los que entraron siendo militantes populares mantuvieron esa condición tras la captura y la tortura, no admitimos que se considere que es este poder judicial, o son estos Tribunales, los que tienen los atributos morales para juzgarlos.  Nunca hemos hecho culto de la Justicia en abstracto ni lo haremos ahora puesto que hemos luchado toda nuestra existencia por superar los límites del Derecho a través de algunos aportes nada desdeñables (caso Ingalinella, caso Inés Ollero, caso Floreal Avellaneda, caso Echecolatz, etc. etc.) para la lucha política por un nuevo sentido común jurídico que empieza a expresarse en las condenas contra el Terrorismo de Estado que no sólo reconocen la pre existencia de un Plan Sistemático sino que hablan de su planificación y ejecución en el marco de genocidio. Identificando sus límites, reconocemos estos juicios como un espacio de combate contra la impunidad y el olvido, para reivindicar los compañeros y construir una mirada sobre nuestra historia que nos haga entender el rol fundante del Terrorismo de Estado sobre el modelo capitalista neoliberal que aún nos agobia,  procurando aportar para que se llegue a la condena de todos los genocidas por todos los compañeros victimizados.

No confundir las etapas de la lucha es acaso la primera exigencia para los que aspiran a la victoria y nosotros queremos derrotar la impunidad y sus defensores, para que la democracia y la lucha por todos los derechos para todos en la Argentina tengan futuro.

 

Buenos Aires, 24 de agosto de 2010

Liga Argentina por los
Derechos del Hombre



Asociación civil fundada en 1937,

integrante de la Federación Internacional de Derechos Humanos,

con sede central en Corrientes 1785 2º C y presencia militante

en  la Capital Federal y el Gran Buenos Aires;

y las provincias de  Santa Fe, Córdoba,Tucumán,

Catamarca, Jujuy, Chaco, Corrientes, Formoza,

Entre Ríos, La Pampa,  Mendoza y  Buenos Aires

_________________________________________________________________________

Cuando la autora dice "En octubre de 2010 adherí a la carta enviada a la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, cuestionando su desistimiento de acusar a Ricardo Chomicki y Nilda Folch, basado en un dictamen de la Procuraduría General de la Nación de 2008”, se refiere al siguiente texto, muy difundido desde el momento de su presentación pública el 9 de septiembre de 2010.

CARTA ABIERTA DE REPUDIO
A LA SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN


Con todo el respeto que Ustedes nos merecen, con la importancia y la repercusión que tienen en nuestro país y en el mundo los juicios contra el terrorismo de estado que se están realizando en estos años, queremos pedirles humildemente que también Ustedes nos respeten.

Todos nosotros hemos pasado por la vivencia de secuestros y torturas, no sólo de nosotros mismos sino también de nuestros seres queridos (madres, padres, esposos/as, hermanos/as, hijos nacidos y por nacer, compañeros, amigos), hemos vivido la incertidumbre de la desaparición, la ignominia y el terror del Centro Clandestino de Detención, el encierro prolongado durante años, la persistente impunidad de nuestros verdugos, las pérdidas definitivas.

En las primeras audiencias del Juicio Oral contra “Díaz Bessone, Lofiego, Marcote, Vergara, Scortecchini y Chomicki por detenciones ilegales, tormentos y homicidios, más asociación ilícita, nos enteramos que esa Secretaría, en su calidad de querellante, había desistido de acusar a Ricardo Chomicki (y a Nilda Folch, Graciela Porta, Carlos Brunatto, quienes inadmisiblemente siguen estando prófugos y quienes, protegidos por el paraguas que Ustedes les brindan, lo seguirán estando).

Desisten Ustedes de una acción inculpatoria interpuesta por Ustedes mismos en tiempo y forma (en oportunidad de presentar vuestra “Requisitoria a elevación a juicio oral”). ¿Habría que agregar que bien fundada?

Y para fundamentar vuestro posterior desistimiento (y el inexplicable viraje producido de la noche a la mañana) recurren Ustedes a un nefasto documento de la Unidad Fiscal Nacional del año 2008. Documento que oportunamente impugnamos con dureza aquéllos que nos sentimos aludidos por sus aseveraciones. Además de conminados a pensar-obrar-decir-no hacer- no pensar-no decir lo que unos pocos “expertos” allí dictaminan.
Decimos que ese documento, que en mala hora emitiera la Unidad Fiscal, es sencillamente nefasto. Y lo es por varios motivos:

En primer lugar y sobre todo, porque falsea la realidad de lo ocurrido en los campos de concentración de nuestro país. Y porque al hacerlo nos agravia. Agravia a quienes somos sobrevivientes y nos comprometimos, desde siempre y a lo largo de décadas, en la denuncia de los horrores vividos y en la búsqueda infatigable de verdad y justicia. Y lo que es peor, agravia a nuestros muertos, instalando un relato falso y forzando una interpretación postrera de sus actos que está muy lejos de la verdad tal como ésta se perfila en los testimonios de los sobrevivientes. Citamos textual:

“La dinámica de los centros de detención, cuyo efecto puede sintetizarse con el lema omnipresencia del terror,” - hasta acá, coincidimos absolutamente – “comportamientos típicos en contra de otros también en situación de cautiverioconfiguraba un sistema que permitía conducir a los detenidos a efectuar , prestando colaboración para proteger su propia existenciaengranajes de una maquinaria de aniquilación en la que se los obligaba a insertarse y de la que debían participar hacía funcionar un sistema perverso en el cual muchos detenidos pasaban a ser victimarios, a la manera de as amenazas que los generaban y apoyaban se explicitasen o actualizasen a cada momento. El terror constante sin necesidad de que las órdenes ni l.” (el subrayado es nuestro)

Esto no es sólo una mentira alevosa: se trata simplemente de una infamia. Decir que “muchos detenidos pasaban a ser victimarios” y que efectuaban “comportamientos típicos en contra de otros también en situación de cautiverio” y “sin necesidad de que las órdenes… se explicitasen” es dar a entender que en los Centros Clandestinos de Detención quien más quien menos colaboraba. Esto es mucho más de lo que estamos dispuestos a soportar. Y para limitarnos a lo que compete al juicio “Díaz Bessone y otros”, afirmamos categóricamente: no es cierto que las cosas hayan sucedido así en el Servicio de Informaciones de la Jefatura de Policía de Rosario.

En segundo lugar, ese documento es nefasto porque pone en un mismo plano tareas tales como barrer, servir la comida, con “tareas que implicaban violencia contra otros detenidos”, las que formarían parte de las “tareas propias del campo”, sin ningún distingo, y habrían constituido –según el documento citado- “una práctica constante”.
Disculpen, doctores, pero por un mínimo de honestidad tenemos que decir –y los invitamos a Ustedes a pensar- que entre agarrar la escoba y empuñar la picana o hacer inteligencia para los represores hay un abismo. Y que no cualquier persona lo atraviesa. De hecho, un escasísimo porcentaje de detenidos lo hicieron. Y no reconocer esa diferencia abismal es también agraviante para los detenidos-desaparecidos que fueron llevados a realizar trabajo esclavo, sin por ello identificarse con los represores ni dejar de ser solidarios con sus compañeros.

En tercer lugar, ese documento es nefasto porque opera una generalización inaceptable en lugar de habilitar una escucha fina de las voces que desde hace rato están testimoniando a lo largo y a lo ancho del país, y que nos entregan relatos insustituibles, que echan luz sobre la singularidad de cada lugar de detención (incluidas las denominadas ‘cárceles legales’). Citamos:

“En los centros de detención así como en otras experiencias de campos de concentración, la utilización de personas detenidas para cumplir tareas propias del campo y, entre ellas, también tareas que implicaban violencia contra otros detenidos, ha sido una práctica constante.” (el subrayado es nuestro)
"El tipo de actividad que cumplía cada detenido dependía de sus habilidades o conocimientos, de las necesidades específicas del campo o del mero azar. Esta colaboración se obtenía por medio de la amenaza constante de muerte y de las torturas que quebraban la voluntad del detenido. Al colaborador se le concedían ciertos ‘privilegios’ que ayudaban a vencer la resistencia: mayores comodidades de alojamiento, permisos de salidas para visitar a familiares, comunicación telefónica con familiares y especialmente el cese de las torturas, y la esperanza –que sin embargo en numerosas ocasiones no se concretó en los hechos-, de recuperar la libertad y sobrevivir. Estos privilegios significaban, al menos temporalmente, no estar sujeto al régimen ‘normal’ de crueles vejámenes y torturas psíquicas y físicas del centro clandestino de detención”.

¿A qué universo se refiere? ¿Qué experiencias investigadas dieron lugar a estas tesis? ¿Están incluidos los gulags,Autchwitz, el Servicio de Informaciones, el Estadio Nacional de Chile, La Perla, las mazmorras de la Inquisición, Automotores Orletti, Guantánamo, Miranda de Ebro, Boer, la ESMA, Orduña? ¿Son todos lo mismo?

En lo atinente al Centro Clandestino de Detención que nos ocupa (el Servicio de Informaciones de Rosario), por el que pasamos no menos de dos mil personas, debemos consignar que los únicos colaboradores fueron los cinco que siempre hemos denunciado, que las actividades que cumplían eran detener gente, interrogarla y torturarla (¿en base a "sus habilidades y conocimientos" previos?) y que, por cierto, fueron muy bien recompensados y quedaron agradecidos con los represores, no quebrando nunca el pacto de silencio, pese al pedido expreso de familiares de desaparecidos. En el caso de Chomicki- Folch, convitieron a Feced en su padrino de bodas.

* En cuarto lugar, el documento es nefasto porque omite cualquier referencia a la resistencia que los detenidos-desaparecidos en los Centros Clandestinos de Detención opusimos al poder omnímodo de nuestros captores, a las estrategias de supervivencia que nos dimos. Citamos:

“He aquí un punto neurálgico de los casos analizados: la realización de una conducta bajo una presión psíquica i nsoportable, guiada por el instinto de supervivencia. La alternativa de no colaborar o de dejar de colaborar implicaba asumir el riesgo cierto de costos altísimos, que se pagaban con nuevas torturas e inclusive con la vida misma. Cumplir con las órdenes, colaborar con los captores, era así, un modo de auto conservación.” (El subrayado es nuestro)

Sólo desde la ignorancia o el cinismo puede afirmarse, como regla general, que el ser humano, guiado por su instinto de supervivencia, como modo de auto conservación, ataca a miembros de su colectivo de pertenencia, uniéndose a quienes lo destruyen. La supervivencia y la auto conservación de la vida humana no refieren sólo -ni principalmente- a la defensa de los órganos del cuerpo, de la vida biológica. No somos cucarachas. Los humanos nos auto conservamos defendiendo nuestros lazos sociales, nuestros afectos, nuestros rasgos identificatorios, nuestros ideales, nuestros lugares de pertenencia, nuestros valores, nuestras representaciones imaginarias acerca de lo que somos y lo que queremos ser. El sentido último de nuestros actos.

Esa es la vida que defendimos con uñas y dientes en los Centros Clandestinos de Detención argentinos casi todos los que pasamos por ahí.

No desconocemos que el plan sistemático de exterminio montado por el terrorismo de estado - que incluyó persecuciones y secuestros, torturas en centros clandestinos, desaparición y asesinatos de opositores políticos- apuntó a la colaboración. ¿Cómo desconocerlo, si no hemos hecho otra cosa, mientras estuvimos secuestrados, que resistirnos como pudimos a ese propósito?

Por último, es nefasto el documento que Ustedes toman como verdad revelada para fundamentar vuestro desistimiento de inculpar a Chomicki, porque parte de una certeza que nosotros, disculpen, no tenemos. Parte de la certeza –y busca imponerla a fiscales, querellantes, abogados, testigos - ¿y por qué no a la opinión pública?- de que estos colaboradores devinieron tales luego de soportar terribles torturas y a causa de éstas. ¿Devinieron auxiliares de las patotas represivas luego de soportar terribles torturas? ¿Chomicki, por ejemplo? ¿Folch? ¿Brunatto? ¿Ustedes están seguros de eso? No podemos menos que expresarles nuestra admiración, porque a nosotros, que transitamos esa historia – y otras tantas historias conexas- no nos queda para nada claro. Y en algunos casos nos inclinamos francamente por pensar que las cosas ocurrieron de otro modo. Es más, nos gustaría que estos imputados, en ejercicio de su legítimo derecho a la defensa, puedan volcar informaciones que contribuyan a esclarecer los sucesos que los involucran. Cuestión que jamás sucedería si a partir de esa especie de pre-juzgamiento favorable que el citado documento decreta -y que Ustedes hacen suyo- se les garantizara su cuota de impunidad.
Estimados doctores del la Secretaría de DDHH:

¿Por qué no conversaron con nosotros cuando decidieron cambiar los fundamentos de vuestra acusación a Chomicki- Folch en fundamentos para no acusarlos? ¿Por qué tomaron, al margen nuestro, sin ningún tipo de comunicación con nosotros, una decisión que repudiamos los sobrevivientes del Servicio de Informaciones, que contradice todos los testimonios prestados en esta causa desde enero de 1984, que va en contra de la voluntad y la conciencia de los propios querellantes?

Disculpen, pero no queremos que ningún ‘expert’ en Centros Clandestinos de Detención ni en Leyes venga a decirnos quiénes fueron nuestros verdugos, a contarnos lo que vivimos ni a imponernos cómo debemos interpretarlo. Llevamos décadas reflexionando acerca de lo que nos pasó.

Tampoco queremos abrir un debate ético acerca de la colaboración ni acerca de su supuesta eficacia como estrategia de supervivencia. No porque carezca de interés –que lo tiene y mucho- sino porque no lo consideramos oportuno en este momento histórico. Y la sala de audiencias de un tribunal Federal no nos parece el escenario más adecuado. Pero, si somos llevados a dar el debate, lo daremos.

Estimados doctores de la Secretaría de Derechos Humanos:

Por favor, no nos agredan más. No nos resulta fácil exponernos, brindando nuestros testimonios en el juicio. Hacerlo, además, frente a seis imputados que fueron algunos de nuestros verdugos ¡¡¡y que están en libertad!!! No nos agredan con aseveraciones falsas que nos denigran y echan un manto de sospecha sobre nuestro comportamiento, que no nos merecemos. Como tampoco nos merecemos que nos traten como seres insensibles que acusan a sus ‘pobres compañeros’. No lo somos. No somos insensibles. Por el contrario, hemos dado muestras de solidaridad en los momentos más difíciles y las seguimos dando. Si acusamos, tenemos nuestras razones. ¿No les parece que sería más correcto escuchar los testimonios en el juicio antes de tomar semejante decisión?

Lo lamentamos. Lo lamentamos enormemente. Y nos sorprende, realmente nos sorprende. Les pedimos que desistan de vuestro desistimiento, que sostengan el texto de vuestra requisitoria. Y de lo contrario, si sostienen Ustedes la postura de no acusar a uno de los imputados que nosotros acusamos, yendo de este modo en contra de nuestras estrategias jurídicas y de la verdadera ocurrencia de los hechos, tal como la venimos denunciando desde siempre, entonces, que se abstengan de ejercer nuestra representación en el juicio.

Esperamos que sepan Ustedes comprender las razones que nos asisten. Hemos sido discretos, hemos sido por demás de discretos. La actitud que Ustedes asumieron nos obliga a expresarnos públicamente.
Sólo nos resta esperar que el Tribunal, considerando todas las pruebas ofrecidas, al cabo del largo proceso que nos aguarda, haga su dictamen, a conciencia y de ser posible, sin presiones.



* Marta Bertolino, DNI 10.987.703 (sobreviviente, testigo, querellante)
esposa de: Oscar Manzur (desaparecido)

* Juan Carlos Ramos, DNI 14.981.926 (sobreviviente, testigo)
* Eduardo Seminara, DNI 11.871.085 (sobreviviente, testigo, querellante)
* Azucena Solana, DNI 14.151.889 (sobreviviente, testigo, querellante)
* José Aloisio, DNI 13.502 503 (sobreviviente, testigo, querellante)
* Alfredo Vivono, DNI 11.447.294 (sobreviviente, testigo, querellante)
* Alejandra Manzur, DNI 25.438.997 (sobreviviente, testigo)
hija de: Oscar Manzur (desaparecido)

* Juan Girolami, DNI 8.524.017 (sobreviviente, testigo)
* Héctor Medina, DNI 12.232.216 (sobreviviente, testigo, querellante)
hermano de: Oscar Medina (desaparecido)

* Carlos Corbella, DNI 4.695.279 (sobreviviente, testigo)
* Laura Ferrer, DNI 12.720.253 (sobreviviente, testigo)
* Oscar Bustos, DNI 13.077.076 (sobreviviente, testigo)
hermano de: Raúl (desaparecido)

* Yolanda Medina, DNI 4.841.098 (querellante)
hermana de: Oscar Medina (desaparecido)

* Élida Luna, DNI 6.255.404 (querellante)
esposa de: Daniel Gorosito (desaparecido)

* Jorge Rueda, DNI 12.804.804 (sobreviviente, testigo)
* Liliana Gómez, DNI 11.448.023 (sobreviviente, testigo)
* Cristina Bernal, DNI 10.183.877 (sobreviviente, testigo)
* Nicolás Segarra, DNI 13.588.627 (sobreviviente, testigo)
hermano de: Rodolfo (desaparecido)

* Teresita Marciani, DNI 5.269.422 (sobreviviente, testigo)
hermana de: Tita (muerta junto a su bebé, nacido muerto, después de pasar por el S.I.)

* María Inés Luchetti, DNI 6.735.413 (sobreviviente, testigo)
cuñada de: Jaime Colmenares (desaparecido)

* María del C. Sillato, DNI 6.377.804 (sobreviviente, testigo)
* Daniel Bas y Mansilla, DNI 13.588.032 (sobreviviente, testigo)
* Stella Hernández, DNI 13.580 362 (sobreviviente, testigo)
* Laura Torresetti, DNI 12.381.968 (sobreviviente, testigo)
* Nelly Ballestrini, LC 5.565.922 (sobreviviente, testigo9
esposa de: Gregorio Larrosa (sobreviviente; testigo, fallecido con posterioridad)

* Patricia Antelo, DNI 13.588.440 (sobreviviente, testigo)
* Francisco Oyarzabal, DNI 12.522.790 (querellante)
hermano de: José Antonio (desaparecido, caso Los Surgentes)

* Cristina Rinaldi, DNI 12.527.279 (sobreviviente, testigo)
* Félix Manuel López, DNI 6.043.052 (sobreviviente, testigo)
* Élida Deheza, DNI 11.826.312 (sobreviviente, testigo)
* Marcelo Jalil, DNI 10.864 868 (querellante)
hermano de: Sergio Abdo Jalil (desaparecido, caso Los Surgentes)

* Gloria Martínez, DNI 10.410.629
esposa de: Osvaldo Vermeulen (desaparecido)

* Patricia Costanzo, DNI 12.522.771
hermana de: Cristina Costanzo (desaparecida, caso Los Surgentes)

* Marcelo Márquez, DNI 16.852.714 (querellante)
hermano de: María Cristina (desaparecida, caso Los Surgentes)

* Jorge Berg, DNI 13.587.390 (sobreviviente, testigo)
* Daniel Gollán, DNI 12.110.173 (sobreviviente, testigo)
* Ángel Florindo Ruani, DNI 12.521.359 (sobreviviente, testigo)
* Enzo Tossi, DNI 6.069.319 (sobreviviente, testigo, querellante)
* Juan Carlos Cheroni, DNI 8.284.649 (sobreviviente, testigo)
cuñado de: Miriam Moro y Roberto de Vicenzo (matrimonio; desaparecidos)

* Mirta Isabel Castelini, DNI 10.538.903 (sobreviviente, testigo)
hermana de: María Juana Castelini (desaparecida)
cuñada de: Luis Alberto Esteban (desaparecido)

* Luis Cuello, DNI 11.874.122 (sobreviviente, testigo)
* Laura Hanono, DNI 14.704.791 (sobreviviente, testigo)
* Ana María Ferrari, DNI 12.526.348 (sobreviviente, testigo)
* Sonia Contardi, DNI 11.751.851 (sobreviviente, testigo, querellante)
* Olga Cabrera Hansen, DNI 3.243. 692 (sobreviviente, testigo)
* Alberto R. Chiartano, DNI 8.445.022 (sobreviviente, testigo)
* Esperanza de Labrador, DNI Es. 7.985.600 (querellante)
madre de: M. Ángel Labrador (desaparecido)
madre de: Palmiro Labrador (asesinado)
esposa de: Víctor Labrador (asesinado)
suegra de: Graciela Koatz (asesinada)

* M. Manuela Labrador, DNI Es. 7.846.318 (querellante)
hermana de: M. Ángel Labrador (desaparecido)
hermana de: Palmiro Labrador (asesinado)
hija de: Víctor Labrador (asesinado)
cuñada de: Graciela Koatz (asesinada)

* Rafael Stancanelli, DNI 13.255.272
hermano de: Alejandro Stancanelli (asesinado)

* Verónica Torres, DNI 13.769 795
cuñada de: Alejandro Stancanelli (asesinado)

* Víctor Hugo Salami, DNI 11.723.030 (sobreviviente, testigo)
* Victorio Paulón (sobreviviente, testigo)
hermano de: Pedro Paulón (desaparecido)

* Diana Comini, DNI 11.271.715 (sobreviviente)
* Marta Corbalán, DNI 5.812.975 (sobreviviente)
* Hugo Cheroni, DNI 5.077.204 (sobreviviente, testigo)
* José E. Busaniche, DNI 11.061.590 (querellante)
hermano de: Susana María Busaniche (desaparecida)
hermano de: Graciela María Busaniche (desaparecida)

* Elsa B. Capuchinelli, DNI 10.431.995 (querellante)
cuñada de: Susana María Busaniche (desaparecida)
cuñada de: Graciela María Busaniche (desaparecidas)

* Virginia Molina, DNI 13.509.001 (sobreviviente, testigo)
* Francisco J. Reydó, DNI 11.673.831 (sobreviviente, testigo)
* Adriana Beade, DNI 12.313.987 (sobreviviente, testigo)

Nota: todos los firmantes estuvimos detenidos-desaparecidos y/o tuvimos un familiar directo detenido-desaparecido en el Servicio de Informaciones de Rosario.

 

                            NO OLVIDAMOS  -  NO PERDONAMOS  -  NO NOS RECONCILIAMOS

 
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CUADRO DE DESHONOR
portada susana