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Maniobra Palacín- Sutter Schneider- Larrabure: denunciamos y exigimos su investigación PDF Imprimir E-Mail
viernes, 14 de diciembre de 2007

El día 10/12/2007, la querella en la “Causa Feced” por el caso de la desaparición de Tito Messiez, ha presentado ante la Unidad de Asistencia para Causas por Violaciones a los Derechos Humanos durante Terrorismo de Estado una denuncia para que se investigue si en la maniobra que desembocó en el dictamen del Fiscal General de Rosario, Claudio Palacín, habilitado para ese pronunciamiento por el Juez subrogante del Juzgado Nº 4, Germán Sutter Schneider, se han cometido delitos.

La presentación enuncia en parte los señalamientos que hace la Procuración General de la Nación , en cuanto a una serie de actos que se produjeron de manera irregular.

Entre estos están mencionados el cambio de ley aplicable sin justificativo alguno en el caso “Larrabure”, la “desnaturalización de categorías jurídicas” y otras descalificaciones por el estilo que quedan registradas en párrafos tales como los siguientes.

 

 

“Todo lo expuesto en este dictamen pone en evidencia las distorsiones fácticas y normativas que dieron base a la opinión del Fiscal General de Rosario. En efecto, no sólo se hicieron afirmaciones históricas carentes de sustento -tales como el alegado dominio territorial del PRT-ERP en la provincia de Tucumán-, sino que, inclusive, sedesnaturalizaron categorías jurídicas internacionales para darle un precario sustento a la opinión analizada. A ello corresponde agregar que su postura con respecto a la calificación de los hechos del caso fue expuesta en el marco de un mecanismo de consulta irregularmente utilizado.”

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  “ , la vista corrida al fiscal de primera instancia en los ténninos del artículo 180 del CPPN no sólo importó un cambio injustificado de la ley procesal aplicable al caso imprimiéndole a la causa sin motivación alguna el Código Procesal de la Nación (ley 23.984) cuando hasta entonces las actuaciones se regían por el Código de Procedimientos en Materia Penal (ley 2.372)- sino que mnecesariamente buscó un impulso de la acción penal en una causa ya iniciada, en la que,...”

A pesar de tan lapidarias conclusiones, la Procuración General de la Nación limita su cometido a las instrucciones que da al conjunto de los Fiscales, sin avanzar en medida alguna contra quienes urdieron la maniobra y la concretaron.

El objetivo con esta denuncia es establecer claramente si estas enormes violaciones a las normas, realizadas con un procedimiento irregular que no puede ser calificado más que como maniobras y con abierta intención persecutoria contra la militancia popular, significan para los funcionarios la comisión de un delito o no.

No se puede admitir, vistos los señalamientos, que sean de los actos que merezcan nada más que una “sanción administrativa” o que se diga que esto se corrige por vía “de los remedios procesales”, o sea, de recurrirlos para que se anulen o lo que fuere.

Acá hubo una maniobra, acá se pretende atacar a la militancia de los años 70 como freno y escarmiento a la militancia actual, acá los funcionarios son meros agentes de las organizaciones de genocidas que reivindican sus crímenes de lesa humanidad y continúan atacando al pueblo.

Como si no bastara con la amenaza, la persecución y las campañas organizadas contra víctimas, querellantes y testigos en juicios por el genocidio, incluso con la desaparición como en el caso del compañero JORGE JULIO LOPEZ, pretenden descalificar de modo general a los militantes a la vez que hacer efectiva una operación siniestra: a la salida de la declaración de un compañero, está esperando un juicio por “delitos de lesa humanidad”.

En eso andan Sutter Schneider y Palacín, junto con Larrabure, “Memoria Completa” e incluso, como lo denunciamos ayer mismo, La Nación.

La denuncia entonces esta hecha y aportaremos más elementos en la medida en que los vamos procesando, como lo hicimos con la descripción del modo en que se arribó al dictamen de Palacín mediante las copiosas declaraciones a los medios que fue realizando y que demuestran que es absolutamente consciente de sus actos, toda vez que la participación suya que en junio negaba por fundadas razones legales, en noviembre se convirtió en un escrito que desconoce expresamente lo dicho en aquel entonces.

Más información:

•  CUANDO PRESENTAMOS LA RECUSACIÓN A SUTTER SCHNEIDER.

http://uadh.org//index.php?option=com_content&task=view&id=184&Itemid=1

 

•  LA FAMILIA JUDICIAL DE LOS GENOCIDAS Y LA REIVINDICACIÓN DE LA “TEORÍA DE LOS DOS DEMONIOS” EN VÍAS DE APLICACIÓN PENAL A COMPAÑEROS.

http://uadh.org/index.php?option=com_content&task=view&id=171&Itemid=1

 

•  ESCRITO PRESENTADO POR EL DICTAMEN DE PALACÍN EN LA CAUSA FECED

http://uadh.org/index.php?option=com_content&task=view&id=173&Itemid=1

 

 
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